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25 de noviembre de 2021 | REDACCIÓN

Empleo convoca ayudas de hasta 6.000 euros para la digitalización de autónomos y empresas de economía social

Podrán solicitarse por vía telemática durante los próximos seis meses y cuentan con más de 650.000 euros de presupuesto para Córdoba

foto cedida

La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha abierto la convocatoria para solicitar ayudas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de los autónomos tras la publicación hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (https://juntadeandalucia.es/eboja/2021/227/s51.html) de la resolución que establece un plazo de seis meses desde mañana (hasta el 26 de mayo de 2022) para solicitar de forma telemática estas subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva.

 Estos incentivos cubrirán hasta el cien por cien de los gastos para poner en marcha los proyectos de digitalización, con subvenciones de un mínimo de 1.000 euros y un límite máximo de 6.000 euros, y se incentiva tanto la implantación y desarrollo de soluciones de transformación digital en la gestión como la incorporación de estrategias de marketing digital.

 Cuenta con dos líneas de subvenciones: la primera dirigida a trabajadoras por cuenta propia o autónomos, trabajadores por cuenta propia agrarios y mutualistas y dotada con casi 400.000 euros en Córdoba; la segunda dirigida a sociedades cooperativas y sociedades laborales de Andalucía y presupuestada con 262.000 euros en la provincia. Asimismo, se establece en la resolución que los solicitantes deberán está calificadas como pymes de acuerdo a la legislación comunitaria.

 Anticipo del 100% de la ayuda

Estas ayudas se gestionarán con la máxima agilidad administrativa, ya que se han eliminado al máximo la necesidad de aportar documentación a la solicitud, y se prevé anticipar el 100% del importe máximo subvencionado sin necesidad de justificar una inversión inicial.

 Gastos subvencionables

 Como gastos subvencionables, para la modalidad centrada en proyectos de desarrollo de transformación digital se incluyen la adquisición de equipos informáticos o de infraestructura de tecnologías de información y comunicación cuando resulten necesarios para la instalación de software de gestión empresarial; la adquisición de software de gestión empresarial Enterprise Resource Planning (ERP), Customer Relationship Management (CRM) o similar; la adquisición de aplicaciones para el desarrollo e implementación de soluciones de digitalización; los costes de consultoría; los costes de contratación de servicios “en la nube” durante el plazo de un año, la adquisición de cualquier otra solución digital o nueva tecnología de la robotización que introduzca mejoras en la gestión o en la producción. En esta modalidad, cuando el gasto subvencionable consista en la solución de digitalización conjunta de equipo informático y software de gestión empresarial, se subvencionará este concepto así como las altas y licencias del primer año, incluidas las de programas antivirus, y la capacitación necesaria para su óptimo uso, incluyendo la licencia del sistema operativo elegido.

 Con respecto a la modalidad de incorporación de estrategias de marketing, se subvencionan los gastos profesionales de creación, diseño e implementación de planes y campañas de marketing digital, posicionamiento on line, email, marketing, social media, remarketing, comunicación en redes sociales y publicidad en Internet; los costes de consultoría para el análisis de procesos y definición de estrategias digitales y su implantación; los costes de consultoría para la supervisión del cumplimiento de los aspectos legales de la página web tales como la normativa vigente sobre protección de datos, política de cookies, normativa aplicable al comercio electrónico, en particular la relativa a la defensa de las personas consumidoras y usuarias y la normativa europea relativa a la aplicación de la Autenticación Reforzada de Cliente (SCA) en los pagos electrónicos, los costes de consultoría para formación del personal y la migración o carga de los datos significativos para que la página web sea operativa, los gastos profesionales de diseño, creación o implantación de páginas web con o sin portal de ventas;  y los gastos de proveedores web de plataformas Content Management System (CMS), los costes de contratación de los servicios de proveedores web de plataformas CMS de código abierto y de proveedores de servicios gestionados Managed Servies Provides (MSP) durante el plazo de un año.

 Las solicitudes deberán presentarse en formato telemático a través de la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, a la que se podrá acceder a través del catálogo de procedimientos administrativos en la dirección  https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/24657/datos-basicos.html  

 

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