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18 de diciembre de 2009 | Redacción

Las Fuerzas de Seguridad reforzarán el control sobre la venta y el uso de productos pirotécnicos

 El objetivo es evitar los riegos derivados del uso de estos productos durante la celebración de la Navidad y otras fiestas populares

Las Fuerzas de Seguridad del Estado reforzarán los controles a los establecimientos de venta de productos pirotécnicos y vigilarán que su uso en la vía pública cumpla con la normativa vigente. La Delegación del Gobierno en Andalucía ha emitido una circular para clarificar las condiciones sobre la venta, el transporte y el uso de estos productos.
El objetivo es evitar los riesgos del uso de estos productos tanto para el vendedor como para los particulares que, de forma esporádica, los utilizan durante las Fiestas Navideñas y otras celebraciones populares.
El subdelegado del Gobierno en Córdoba, Jesús María Ruiz, ha explicado que está previsto que las Fuerzas de Seguridad del Estado refuercen los controles y vigilancia sobre estos establecimientos y presten una especial atención al uso de este tipo de productos en espacios públicos. En este sentido, ha recalcado que los establecimientos que no se ajusten a esta normativa serán debidamente sancionados. Asimismo, ha pedido la colaboración de los usuarios y de las autoridades implicadas para disminuir al mínimo cualquier riesgo.
Según la normativa vigente, la venta de productos sólo se puede realizar a través de locales permanentes, en casetas instaladas en la vía pública o en pequeños establecimientos en los que el producto almacenado no supere los 15 kilogramos. Así, queda prohibida la venta ambulante de productos pirotécnicos.
Además, el suministro y venta de estos productos podrán realizarse en establecimientos y por personas reglamentariamente autorizadas. Los puntos de venta tienen que exhibir las preceptivas autorizaciones.
En cuanto a los productos, no se podrán vender por unidades y los cohetes voladores, sólo se expendirán en los paquetes debidamente protegidos.
Otra restricción importante es que los artificios pirotécnicos no podrán venderse a quienes se encuentren bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes y, con carácter general, a partir de las 0.00 horas.
Las personas encargadas del montaje, manipulación y disparo de castillo de fuegos artificiales deberán ser profesionales al servicio de un taller de pirotecnia debidamente legalizados. Los productos pirotécnicos de pequeña identidad deberán cumplir lo establecido por Bandos y Ordenanzas Municipales en cuanto a horarios, zonas permitidas y el resto de condiciones que impongan los ayuntamientos.
Por lo que se refiere al transporte de productos pirotécnicos, está totalmente prohibido realizarlo en vehículos dedicados al transporte colectivo de viajeros. Además, durante el trayecto, está prohbido fumar o portar cualquier dispositivo inflamable.
 
 

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