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19 de agosto de 2014 | Grupo Priego, Agua y Desarrollo

40 preguntas para los concejales

Creemos de interés general poner en su conocimiento algunas de las reflexiones que el Grupo Ciudadano Priego, Agua y Desarrollo han realizado, para, en su caso, tengan Uds. A bien tomar las medidas que estimen oportunas en defensa de los intereses públicos comunes.

1.- Meses atrás, tras poner de manifiesto la práctica de la empresa de aguas y tras el procedimiento abierto para ello, se concluyó que los gastos del Gerente han de ser de parte del socio privado de Aguas de Priego (tal y como constaba en el Pliego de Condiciones redactado en su momento). Parece ser que, por cuestiones de “calendario” Aguas de Priego” incluirá la pertinente modificación contable en el actual ejercicio (2014). Nos preguntamos:

            P1.- ¿Incluirá la citada minoración del coste del servicio la seguridad social del Gerente a cargo de la empresa? O solo se ha tenido en cuenta la remuneración del cargo.

            P2.- ¿Por qué los diversos informes de la Gerencia de la Empresa al enumerar el personal de la misma elude el cargo de Gerente que queda englobado posiblemente como jefe de servicio? ¿Estos informes han sido aprobados sin objeción alguna por parte de los Consejeros de la Empresa que representan el interés del Ayuntamiento?

            P3.- ¿Se ha solicitado por parte de algún miembro de la Corporación Municipal la documentación correspondiente a los pagos realizados en todos y cada uno de los conceptos por la empresa en concepto de Gerencia? (incluida la cotización de la Seguridad Social a cargo de la empresa).

2.- Aguas de Priego, para poder llevar a cabo su actividad, dispone de vehículos de diversas características. Para poder acceder a vehículos sin necesidad de realizar fuertes inversiones, se suele acudir al Renting, que además, proporciona al usuario la posibilidad de tener para su uso las últimas y más avanzadas tecnologías, eso sí, a mayor coste que la adquisición. Aguas de Priego tiene suscrito este sistema con una empresa del grupo del socio privado. Nos preguntamos:

            P4.- ¿Qué averías se han pagado durante estos años de los vehículos que Aguas de Priego dispone para realizar el trabajo? ¿Qué vehículos son adquiridos por Aguas de Priego y cuales están en Renting?

            P5.- ¿Qué antigüedad tienen todos y cada uno de los vehículos que están a disposición de nuestra empresa de aguas? (por supuesto nos referimos a fecha de fabricación, no a fechas de posibles rematriculaciones).

            P6.- ¿Tras los 4 años transcurridos, se ha cambiado algún vehículo por otro modelo más moderno? (más ecológico, de menos consumo, más eficiente o tecnológicamente más avanzado).

            P7.- El contrato de Renting firmado ¿está en consonancia con el mercado existente para esta práctica?, es decir, ¿la cantidad pagada y las cláusulas del contrato son acordes con las ofertas existentes en el mercado por otras empresas? ¿Se ha modificado a lo largo de estos 4 años ( y en que han consistido las modificaciones)?

            P8.- ¿Ha adquirido Aguas de Priego algún vehículo que hubiera estado con anterioridad bajo la modalidad de Renting? ¿En qué condiciones se llevó a cabo la adquisición?

3.- Como es natural, la empresa Aguas de Priego tiene contratados una serie de Seguros para dar cobertura al inmovilizado y a otras posibles cuestiones. Los seguros están contratados con empresa del grupo del socio privado.

            P9.- ¿Qué coberturas tienen todos y cada uno de los seguros contratados?

            P10.- Atendiendo a los bienes asegurados y a las condiciones del seguro, ¿están estas condiciones (no solo económicas)dentro de lo que el mercado actual oferta?

4.- Como ya pusimos de manifiesto en varias ocasiones, la contabilidad de Aguas de Priego pone de manifiesto que se incluye como volumen de negocio, impuestos tales como el Canon de Mejora Autonómico. Esto implica que el socio privado obtiene un beneficio del 4% sobre este impuesto que, no solo es de mejora y según el Pliego de Condiciones no ha de aplicarse, sino además la empresa constituye un mero intermediario obligado entre el pagador (consumidor) y la Administración. Obviamente parece improcedente la forma de actuar de la Gerencia al incluir estos conceptos en el volumen de negocio beneficiando al socio privado y en contra de los intereses del consumidor, del servicio y por ende del socio mayoritario.

            P11.- ¿La gerencia también ha incluido como volumen de negocio el IVA que paga el ciudadano a las Administraciones? ¿Y el Canon de Vertido?

            P12.- A tenor del informe municipal donde se reconoce lo anteriormente expuesto ¿se va a proceder a abrir expediente para defender los intereses del ciudadano?

5.- Tal y como se ha puesto de manifiesto, Aguas de Priego subcontrató parte del servicio (la depuración) a Aqualia. Este “preocupante” contrato nos lleva a las siguientes reflexiones.

            P13.- ¿Por qué el montante del contrato supera con creces el coste de depuración que el socio privado hizo en su oferta en su momento?

            P14.- Si el socio privado cobra un 4% del volumen de negocio por su “saber hacer”, ¿Qué sentido tiene subcontratar parte del servicio? ¿Se ha descontado del volumen de negocio las cantidades abonadas a Aqualia por este contrato de Depuración, o además de pagarle el servicio de depuración a mayor coste del ofertado a la misma empresa, pagamos un 4% de este coste al socio privado por “saber subcontratar”?

            P15.- El contrato por el que se subcontrata el servicio de depuración incluye una cláusula de revisión del importe según el IPC (curiosamente la oferta que en su día realizó el socio privado no la incluye) ¿Puede ser que la intención sea “evadirse” del espíritu de la TRLCSP (art 90.3) que limita el aumento de las tarifas del servicio en su caso a un máximo del 85% del IPC? Al no incluir en la oferta la revisión según el IPC, el socio privado puede “zafarse” de esta obligación legal, e intentar (como así hace la gerencia) justificar posibles déficit por la no actualización de las tarifas. Pero sin embargo, en la subcontrata de la depuración si se asegura la subida del IPC, ya que la normativa no especifica el mismo mecanismo para las subcontratas. ¿Es en este caso la actuación de la Gerencia acorde con los intereses ciudadanos, o del socio mayoritario? Y lo que es peor, con la propuesta de esta subcontrata, ¿ha actuado la gerencia en defensa de los intereses de la empresa Aguas de Priego?

5.- A tenor de los informes de nuestro Ayuntamiento Aguas de Priego tiene la obligación de hacer oferta pública para llevar a cabo la anteriormente citada subcontrata de parte del servicio.

            P16.- ¿Se han buscado diferentes ofertas para subcontratar el servicio de depuración con el fin de optimizar los recursos y ser eficaz y eficiente en la gestión de “lo público”? ¿Qué garantías tiene el ciudadano de que la gestión de esta subcontrata no ha ido en contra de sus intereses?

6.- La presente constituye al menos la tercera vez que este grupo ciudadano pone sobre la mesa el tema de los consumos adscritos por Aguas de Priego al Ayuntamiento. No lo consideramos tema de menor importancia, sino muy al contrario, constituye un punto importante en la defensa del interés ciudadano y del propio servicio. Estos consumos son un elevado porcentaje del consumo de nuestra ciudad, repercutiendo no solo en los costes directos del servicio, sino en otros aspectos como el Canon Autonómico (y por tanto y hasta la presente, en el 4% del saber hacer del socio privado a través del incremento del volumen de negocio). Además repercute este consumo adscrito directamente sobre la obligación contractual del socio privado en lo que respecta al rendimiento del sistema.

            P17.- ¿Cuáles son, individualizados y debidamente identificados, los consumos adscritos al Ayuntamiento por Aguas de Priego?

            P18.- ¿Qué volumen de consumo ha tenido y tiene cada uno de estos consumos adscritos?

            P19.- ¿Cuáles de estos consumos son reales (a través de contador) y cuales son estimados por la empresa de aguas?

            P20.- ¿Por qué se han producido incrementos sustanciales en algunos de estos consumos estimados y adscritos al Ayuntamiento? ¿Cómo se han realizado las estimaciones y sus variaciones?

            P21.- ¿Qué repercusión tienen estos consumos adscritos sobre el rendimiento de la red?

            P22.- ¿Qué medidas ha tomado nuestro Ayuntamiento para detectar averías y fugas en las instalaciones de estos consumos adscritos? (Nos referimos a todos los consumos adscritos al Ayuntamiento, sean de la naturaleza que sean, públicos o no)

            P23.- ¿Se aplica por parte de Aguas de Priego y del Ayuntamiento el acuerdo firmado entre ASA y FEMP sobre el control de consumos públicos? (firmado en el año 2010)

            P24.- ¿Qué instalaciones de consumos adscritos al Ayuntamiento que no disponían de Contador cuando empezó la actividad de Aguas de Priego disponen hoy de dicho contador?

            P25.- En las instalaciones de consumos adscritos al Ayuntamiento que si disponían de contador, ¿Cuáles de estos contadores tienen más de 8 años? ¿Y más de 16? ¿Se ha verificado o cambiado  alguno? (especificar cuáles en su caso).

7.- Como ya saben Uds., el socio privado se obligó a llevar a cabo algunas inversiones (según Pliego de Condiciones y oferta).

            P26.- ¿Cuáles de esas inversiones y por qué cuantía corresponden a inmovilizado material y no a instalaciones técnicas?

            P27.- Al incluir en la contabilidad el gasto por amortización del inmovilizado (como es lógico) ¿no está recuperando el socio privado la parte de inversión que corresponde a inmovilizado a costa de aumentar el gasto y por tanto, incumpliendo el Pliego de Condiciones?

            P28.- ¿Qué método contable se está aplicando para el cálculo de estas amortizaciones del inmovilizado? ¿Es posible que la amortización se pudiera realizar de otra forma y que el gasto anual por este concepto disminuyera, y por tanto también lo hiciera el supuesto déficit de Aguas de Priego?

8.- A este  grupo de ciudadanos puede parecernos tendenciosos los informes de gestión de Aguas de Priego. Cuando se acusa al ciudadano de tener acometidas “ilegales” para justificar el déficit del sistema, o se justifica éste por el menor ingreso debido por una parte a un menor consumo del esperado y por otra a la no revisión de las tarifas, o incluso cuando se intenta demostrar que los costes del servicio son incluso menores que los que el socio privado expuso en su oferta, se nos queda lo que podíamos denominar “cara de tontos” (indignante).

            P29.- Si los ingresos son poco inferiores a la estimación de la oferta del propio socio privado, y los gastos son similares (según la gerencia) que los incluidos en la oferta ¿Cómo es posible que en vez de más de 200.000€ de beneficio estimados para el 2013, obtengamos una cifra mayor pero en Déficit? Obviamente alguien no cuenta las cosas como realmente son, o eso parece.

            P30.- ¿Dónde está realmente la desviación respecto a la oferta y Pliego de Condiciones? Es necesario un análisis económico riguroso e imparcial de esta cuestión tan gravosa para el ciudadano. Hemos de saber si realmente la Gerencia de Aguas de Priego mira por los intereses del servicio o “ha descuidado” los intereses generales a los que se debe por causas “desconocidas”.

9.- Tampoco es nueva la necesidad de conocer el coste exacto de cada uno de los servicios públicos municipales. No es posible determinar si la gestión es eficaz y eficiente sin conocer el coste real, pormenorizado y exhaustivo de un servicio. Y por ende no se puede exigir al consumidor comprensión por el pago de un servicio que no se demuestra eficiente y de calidad.

            P31.- ¿Cuál es el coste real del servicio de abastecimiento de agua? ¿Cómo ha evolucionado desde que entró en funcionamiento Aguas de Priego?

            P32.- ¿Cuál es el coste real del servicio de alcantarillado? ¿Cómo ha evolucionado desde que entró en funcionamiento Aguas de Priego?

            P33.- ¿Cuál es el coste real del servicio de depuración? ¿Cómo ha evolucionado desde que entró en funcionamiento Aguas de Priego?

Nota: la respuesta habrá de contener y distinguir costes directos de cada servicio, costes indirectos y coste financieros imputables a cada uno. Deben incluirse costes asumidos por el Ayuntamiento de forma directa, y no incluir los costes derivados del famoso “préstamo” que no repercutió sobre las instalaciones del servicio, ni el fondo de garantía de reversión de acciones, ni el “saber hacer”, ni las amortizaciones del inmovilizado.

10.- Cuando la gerencia de Agua de Priego propone la modificación de tarifas del servicio, argumentando la necesidad de obtener el equilibrio financiero,

            P34.- ¿Por qué no lo hace con la metodología aprobada por acuerdo en 2010 entre ASA y FEMP? Se supone que la metodología aprobada y firmada también por el socio privado de Aguas de Priego constituye una garantía tanto para la empresa privada como para los Ayuntamientos en un tema tan controvertido como suelen ser las modificaciones de las tarifas o precios públicos.

            P35.- ¿Por qué en los informes de gerencia no se hace explicación detallada y exhaustiva sobre la “imposibilidad” de disminuir costes de servicios realizados por otras empresas del grupo del socio privado, cuando esta partida constituye con diferencia la mayor partida del gasto? Solo se proponen medidas de control de gasto del tipo  eliminar personal,….

11.- Aguas de Priego contrató auditor (tal y como la ley exige) para la realización de la auditoría externa.

            P36.- ¿Por qué se contrató a un auditor de Bilbao? ¿Por qué no se contrató a un auditor de Priego o comarcas aledañas?  Recuerden que los 3 años mínimos que ha de tenerse contratado al mismo auditor cumplieron con la auditoría del 2013.

12.- Al ser Aguas de Priego empresa de capital mayoritario público:

            P37.- ¿Se cumple con la obligación de pedir distintos presupuestos en los diferentes gastos realizados con otras empresas?

            P38.- ¿Hace el Ayuntamiento algún tipo de control sobre los gastos de Aguas de Priego?

            P39.- ¿No resultaría más eficiente y eficaz para el ciudadano que Aguas de Priego tuviera sus oficinas en un edificio de propiedad municipal ahorrándonos los 14000€ anuales de alquiler que pagamos actualmente?

            P40.- ¿Podría ser de interés para el ciudadano que se estudie la pertinencia o no de haber realizado gastos de publicidad en otras poblaciones donde Aguas de Priego ni presta ni va a prestar servicio? ¿Qué sentido tienen estos gastos? ¿No debería eliminarse estos gastos del coste de Aguas de Priego e imputarlos al socio privado, cuyo gerente tuvo a bien realizar en contra de los intereses del ciudadano de Priego?

 

Aunque quedan muchos puntos más que nos gustaría hacer notar, consideramos más que suficiente  por ahora lo expuesto. Esperamos que nuestros representantes hagan gala de la transparencia prometida en la última campaña electoral (y que seguro volverán a nombrar en la próxima) y, en consecuencia, lleven a cabo las gestiones para poder contestar a la mayor brevedad todas y cada una de las cuestiones anteriores. En su defecto, si por falta de tiempo o imposibilidad, nuestros representantes no pudieran cumplir con sus promesas electorales, este grupo de ciudadanos no tendrá reparos en informar durante los próximos meses de todos los aspectos puestos sobre la mesa, aun a riesgo de equivocarnos por nuestro desconocimiento, o de ser acusados de obstruccionistas, o de perturbadores de la paz social, o simplemente de “tarados”, por aquellos que ocultan posiblemente otros intereses ajenos a los generales del sufrido ciudadano.

 

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