La actuación de la Guardia Civil esta enmarcada dentro de las inspecciones que el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil de Córdoba viene desarrollando en los establecimientos de venta de animales y mascotas de la provincia, con el objeto de dar cumplimiento a la normativa que regula este tipo de centros supeditados a la autorización de núcleos zoológicos.
Las Unidades del SEPRONA, entre otras funciones relacionadas con la protección medioambiental, tienen encomendada la misión de verificar que la normativa reguladora de establecimientos de venta de animales de compañía cumplan con los requisitos preceptivos, fundamentalmente en lo que se refiere al tipo de especies autorizadas para la venta, condiciones de bienestar animal, productos zoosanitarios, etc
La actuación se llevó a efecto el pasado día 21 de septiembre en un núcleo de población ubicado en el término municipal de Córdoba. Tras la inspección efectuada al establecimiento, el SEPRONA de la Guardia Civil detectó una serie de infracciones, entre otras que su titular carecía de autorización como núcleo zoológico; este requisito, que otorga la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura, es básico y previo para la tenencia/venta de animales en número considerable. De igual forma se descubrieron medios prohibidos para la captura de animales; concretamente una jaula trampa para aves de pequeño tamaño.
Así mismo, la Guardia Civil observó que en el establecimiento se exponía para su venta un primate de los conocidos como “Titi cola de pincel blanco”. La venta y tenencia de este tipo de animales viene regulado por el Convenio CITES (Convenio sobre el Comercio Internacional de especies Amenazadas de Flora y Fauna), suscrito en Washington en 1973. Este convenio establece unos mecanismos de control del comercio internacional de especies silvestres amenazadas y sus productos, exigiendo la acreditación de permisos oficiales para cualquier operación de importación, exportación, venta y tenencia, documento del que ampara su legal importación y del que carecía el titular del primate. Asimismo y en materia de animales domésticos, la actual normativa autonómica también prohíbe la venta/tenencia de cualquier primate fuera de los espacios autorizados por las Consejerías de Medio Ambiente o Agricultura y Pesca.
Ante ello, el SEPRONA procedió a la instrucción de un expediente de denuncia al titular del establecimiento, por dedicarse a la venta de animales de compañía sin autorización de núcleo zoológico y de medios prohibidos para la captura de animales.
También el SEPRONA ha procedido a la instrucción de otro expediente de denuncia al titular del establecimiento y al propietario del primate, como supuestos autores de una infracción administrativa de contrabando, al vulnerar lo dispuesto en la Ley Orgánica 12/1995, de represión del contrabando, siéndole intervenido el citado especimen y depositado en el zoológico de esta capital a disposición de la Autoridad Competente en materia de Aduanas.
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